¿De qué y a quién protege la Ley de Hogar Seguro?
La Ley de Hogar
Seguro fue aprobada el pasado 13 de septiembre de 2011 con el propósito de
proteger la residencia principal de un individuo o familia contra acciones de
cobro de dinero o embargos.
El derecho de
hogar seguro es irrenunciable y cualquier pacto en contrario se declarará nulo.
¿A quién protege?
La ley protege a
aquellas personas, individuos, matrimonios o parejas, que sean dueños de la propiedad (casa,
apartamento o “walk-up”); deben aparecer como dueños en el Registro de la
propiedad. La Ley no protege propiedades inscritas a nombre de una corporación.
Es importante
aclararles a los dueños que la Ley solo protege a la residencia principal, si
la(s) persona(s) tienen más de una propiedad, solo puede estar protegida la
propiedad principal (en la que viven), las otras propiedades no pueden tener la
protección. De hecho, es delito grave el
tratar de inscribir dos (2) propiedades bajo la Ley de Hogar Seguro.
¿Qué protege?
Este derecho
protege a la propiedad de embargos, sentencias o ejecuciones ejercitadas para
el pago de todas las deudas, excepto las deudas reconocidas como excepciones. Un ejemplo de esto puede ser un préstamo de
una financiera (siempre que la propiedad no sea una garantía), préstamos
personales, préstamos de autos (el balance luego de reposeída y vendida la
unidad), o demandas por accidentes que el dueño de la propiedad sea el
responsable.
La protección
establecida en la Ley subsistirá́ después de la muerte de uno de los cónyuges a
beneficio del cónyuge viudo mientras éste continúe ocupando dicho hogar seguro,
y después de la muerte de ambos cónyuges a beneficio de sus hijos hasta que el
menor de éstos alcanzado la mayoría de edad. En los casos donde el hombre o la
mujer abandonase a su familia, la protección continuará a favor del cónyuge
que ocupe la propiedad como residencia; y en caso de divorcio el tribunal que
lo conceda deberá́ disponer del hogar seguro.
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